
Coopiss Colombia concede préstamos a los asociados en condiciones favorables, a una tasa razonable y con la debida oportunidad para satisfacer necesidades personales y familiares, procurando que los mismos contribuyan al bienestar económico y social.
El otorgamiento de créditos se hará de acuerdo a la capacidad PAGO Y NIVEL DE SOLVENCIA ECONOMICA del Asociado solicitante y a sus hábitos de pago, buscando democratizar el crédito y evitando la concentración del riesgo.
Las siguientes son las líneas crédito:
| LINEA | MONTO MAX | PLAZO MESES | TASAS |
| CREDIFACIL | $ 40’000.000 | 72 | 1.1% |
| ESPECIAL | $ 25’000.000 | 72 | 1.3% |
| INVERSION FAMILIAR | $ 50’000.000 | 84 | 1.3% |
| ROTATIVO | $ 10’000.000 | 48 | 1.3% |
| SOLIDARIO | $ 15’000.000 | 60 | 1.3% |
| TURISCREDITO | $ 12’000.000 | 60 | 1.3% |
| EDUCATIVO (Por el valor de la matrícula) | $ 10’000.000 | 18 | 0.7% |
| VIVIENDA | $ 100’000.000 | 204 | Lo determinara en Consejo de Administración |
VENTAJAS DEL CRÉDITO CON COOPISS COLOMBIA
Otorgamiento del crédito a partir del cuarto mes del pago de aportes, previo cumplimiento de las condiciones del reglamento de crédito.
- Sin cobro o deducciones por el estudio de crédito.
- Novaciones o reestructuraciones según Reglamento de Crédito vigente.
- Tasa de interés fija, no sujeta a los cambios del mercado.
- No se cobra penalización por pago anticipado.
- Desembolso ágil y rápido, dependiendo del tiempo que tome el Asociado en el cumplimiento de los requisitos.
- Atención personalizada.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL SERVICIO DEL CRÉDITO:
Para tener derecho al uso de los servicios de crédito, el asociado deberá cumplir y acatar los requisitos establecidos en el presente Reglamento, para las diversas líneas de crédito:
- Estar al día en el pago de las cuotas para aportes, fondos sociales y de las obligaciones de crédito que tenga vigentes con COOPISS COLOMBIA.
- Presentar un historial crediticio favorable con COOPISS COLOMBIA y en forma general con otras Entidades, en especial del Sector Solidario, el cual se verificará con la información disponible en las Centrales de Riesgo.
- Demostrar capacidad de pago, entendido éste como la diferencia entre los ingresos brutos y gastos en que el asociado incurre en su vida normal.
- El deudor y codeudores solidarios deben demostrar solvencia para el pago del crédito, entendida ésta como la capacidad de una persona para responder por el pasivo exigible o la obligación contraída; en síntesis, la solvencia equivale a calcular el porcentaje del pasivo sobre los activos, incluyendo la obligación futura.
- Ofrecer y constituir las garantías a satisfacción del organismo que apruebe los créditos y que respalde suficientemente los montos solicitados; asumiendo el solicitante todos los costos de constitución de las garantías institucionales y reales. Las garantías reales deben tener un valor superior al monto de crédito solicitado y deben acompañarse con el respectivo avalúo técnico, certificado por persona inscrita en la lonja de propiedad raíz.
- El asociado y/o codeudor firmará pagaré en blanco con carta de instrucciones de diligenciamiento, y cumplirá con los requisitos y garantías exigidas, entre los cuales es de obligatorio cumplimiento los siguientes:
- Diligenciar solicitud de crédito, en el formato que para tal fin establezca “Coopiss Colombia”.
- Presentar, el último desprendible de pago – expedido por la oficina de nominas, Recursos Humanos o Talento Humano en original o copia o certificado de ingresos expedido por contador público legalmente reconocido. .
7. El asociado solicitante deberá acreditar codeudor(es) de acuerdo al capital en riesgo, la solvencia y asegurabilidad de la cartera. Una vez diligenciado los documentos mencionados anteriormente se procederá al estudio y aprobación del crédito –por parte de las personas autorizadas para tal fin-, donde se verificara la capacidad de pago, solvencia patrimonial y reporte de central de riesgo del deudor y/o codeudor(es).
Parágrafo 1. El Asociado, diligenciara y anexara todos aquellos documentos solicitados por “Coopiss Colombia”, que soporten las garantías requeridas para la aprobación de los créditos.
Parágrafo 2. “Coopiss Colombia”, anexara para el estudio y aprobación del crédito, el formato sobre la historia crediticia del asociado y su estado de cuenta actual.
Cada asociado solo podrá tener un (1) préstamo por cada una de las líneas de crédito relacionadas en el artículo 5 del presente Reglamento de crédito.
El crédito esta sujeto a las condiciones de pago, solvencia, fuentes de pago y garantías ofrecidas por el deudor, tal como lo establece la circular básica contable y financiera 004 del 28 de agosto de 2008.
El monto máximo en cada una de las líneas de crédito y las garantías que debe ofrecer el Asociado de acuerdo al capital en riesgo, será el establecido en el Reglamento de Crédito vigente.
